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Flash Fiscal 22 | Junio 2007

Flashes Fiscales

Ley de los impuestos generales de importación y de exportación

El pasado 18 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “DECRETO por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación”, que entrará en vigor el 1º de julio del 2007.

Con su entrada en vigor, será derogada la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación publicada el 18 de enero del 2002 y sus modificaciones posteriores, así como cualquier otra disposición que se oponga a la nueva Ley, con excepción de las menciones contenidas en cualquier disposición legal de observancia general, respecto a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada el 18 de enero del 2002, debido a que se entenderán referidas a la nueva Ley.

Por esa razón sugerimos realizar una revisión exhaustiva a las fracciones arancelarias utilizadas en sus operaciones aduaneras, en relación con las publicadas en la Ley en comento, para efecto de corroborar un posible cambio de descripción, notas explicativas y fracción arancelaria, el impuesto correspondiente o los aranceles de fracciones arancelarias que continuarán vigentes con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley en comento.

Lo anterior tendría como objetivo evitar discrepancias en la información contenida en Autorizaciones de Programas de Exportación, permisos previos y demás documentos, las cuales pudieran suscitarse con motivo de la citada publicación.

Personal de la Práctica de Comercio Exterior de KPMG está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueden tener en su empresa lo señalado anteriormente.

Como siempre, el personal de la Práctica de Impuestos de KPMG Cárdenas Dosal, S.C. está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que puedan tener en su empresa la aplicación de las disposiciones anteriores.

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