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Fiscal Flash 13 | Junio 2009

Fiscalización a retenciones de IVA

 

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En meses recientes, el Servicio de Administración Tributaria (en adelante referido como “SAT”) ha implementado una estrategia de fiscalización consistente en llevar a cabo requerimientos y auditorias a aquéllas empresas que operen al amparo del Decreto IMMEX que han enajenado en territorio nacional producto terminado resultante de bienes (ej. materias primas) importados temporalmente que fueron suministrados por un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México y que fueron objeto de cambio de régimen aduanero para pasar de importación temporal a definitivo.

Entendemos que el objetivo es verificar que las empresas mencionadas hayan retenido el Impuesto al Valor Agregado (en adelante referido como “IVA”) con motivo de la enajenación de bienes a la propia empresa IMMEX o bien, a una empresa distinta, en los términos de la Ley del IVA. Asimismo, se infiere que conforme a los controles y bases de datos que posee la autoridad fiscal, han identificado las empresas que han enajenado bienes importados temporalmente en territorio nacional de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México por lo que dicha autoridad ha procedido a emitir invitaciones a dichas empresas para que voluntariamente comprueben la retención del IVA o se auto corrijan.

Aparentemente, la estrategia de fiscalización implementada por el SAT sobre la retención del IVA podría tener además otros objetivos como la fiscalización a los métodos de valoración aduanera utilizados por las empresas IMMEX para calcular el Impuesto General de Importación al procesar los pedimentos de cambio de régimen de las mercancías en cuestión. Asimismo y dado que el SAT revisaría las facturas emitidas en estas operaciones, la estrategia de fiscalización se podría ampliar para revisar las deducciones en el impuesto sobre la renta e incluso verificar los escenarios que generarían un establecimiento permanente al residente en el extranjero.

Por lo anterior, consideramos importante analizar el caso de cada empresa IMMEX en particular, con el objeto de proveer a las autoridades fiscales la información y documentación que llegara a requerir.

 

Como siempre, el personal de la Práctica de Impuestos de KPMG Cárdenas Dosal, S.C. está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que puedan tener en su empresa la aplicación de las disposiciones anteriores.

 

Enlaces de Interés

Reglas de Comercio Exterior

El pasado 29 de abril del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2009 (RCGMCE), misma que entró en vigor el 1 de mayo de 2009 y estará vigente al 30 de abril de 2010.

Aspectos relevantes en materia de comercio exterior publicados
durante febrero y marzo 2009

El pasado 1° de enero del 2008, entró en vigor la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), la cual grava la percepción efectiva de ingresos por concepto de enajenación de bienes, prestación de servicios independientes y por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, y por otra parte, limita la devolución del impuesto al activo pagado en los ejercicios anteriores.

 


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